Preguntas frecuentes
-
¿Qué es Arte Olvidado?
arteolvidado.es es un espacio dedicado al arte original, donde se presentan y ponen a disposición obras únicas de pintura y arte contemporáneo. El objetivo del proyecto es recuperar el valor del arte auténtico, accesible y con alma, ofreciendo piezas con historia y significado.
-
¿Cómo puedo comprar una obra?
Las compras o encargos se pueden realizar directamente desde la web, pero también mediante contacto directo con el autor a través del correo info@arteolvidado.es.
De este modo se garantiza un trato personal, una atención transparente y la posibilidad de negociar el precio y las condiciones del envío. -
¿Los precios son fijos?
No, todos los precios son negociables.
Cada obra tiene un valor orientativo, pero el autor ofrece flexibilidad para llegar a un acuerdo justo, adaptado al comprador y a las características de la obra.
Esta política busca que el arte sea más accesible y cercano a todos los públicos. -
¿El envío es gratuito?
Sí. En Arte Olvidado el envío es totalmente gratuito a nivel internacional.
Cada obra se embala cuidadosamente para asegurar su perfecta conservación durante el transporte y se envía mediante servicios de mensajería de confianza con número de seguimiento. -
¿Puedo solicitar factura por la compra?
Sí, puedes solicitar factura sin problema.
Cada compra o encargo se puede documentar con una factura oficial emitida a nombre del comprador, ya sea particular o empresa.
Para solicitarla, solo debes indicarlo al momento de la compra o al contactar por correo electrónico. -
¿Las obras de arte son deducibles para empresas?
Sí. Las obras de arte originales pueden ser deducibles fiscalmente en España y en la Unión Europea, siempre que cumplan ciertas condiciones.
En general:
Si la compra se realiza para la decoración de un espacio de trabajo, oficina, sala de reuniones o local comercial, puede considerarse un gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades o IRPF como elemento de atrezzo o ambientación.
Además, la obra puede amortizarse contablemente como un activo fijo, dado que tiene una vida útil prolongada y un valor patrimonial estable.
Si la empresa destina la adquisición a fines culturales o de mecenazgo (por ejemplo, exposición pública, apoyo al arte o promoción cultural), puede acogerse a deducciones fiscales adicionales conforme a la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.